El gas es hoy una energía segura y fiable gracias a la evolución tecnológica y al respeto de reglas precisas de montaje e instalación.
Para garantizar nuestra seguridad, la legislación impone un control, principalmente al principio de una instalación nueva o modificada.
La administración, a través del Organismo Territorial Competente, exige que cualquier instalación de GLP en depósitos fijos sea proyectada, instalada y supervisada por personal cualificado, es decir que todas las instalaciones de GLP, independientemente del volumen, precisan de un proyecto técnico firmado por un técnico titulado competente (ingeniero o ingeniero técnico), un instalador de categoría IG-4 para su realización, y que la supervisión de dicha instalación sea realizada también por un técnico competente.
El Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (RD 919/2006) de 28 de julio de 2006., define las condiciones de realización de este tipo de instalaciones.
Documentos a presentar antes de iniciar las obras
Memoria técnica o Proyecto.
Certificado de dirección de obras.
Certificado de final de obra.
Contrato de mantenimiento.
Documentos a presentar una vez acabadas las obras
Memoria técnica o Proyecto de la instalación (si no se ha presentado antes).
Certificado de final de obra por duplicado firmado por el Director de Obra. Como anexo se incluirá:
Acta de la prueba hidráulica.
Actas de los ensayos de estanquidad de las tuberías.·Lista de componentes de la instalación y sus características.
Justificación de homologación de los componentes.
Contrato de mantenimiento suscrito con una empresa instaladora de nivel adecuado.
Libro de mantenimiento, donde se anotan los resultados de las inspecciones.
La autorización de las instalaciones la constituye un certificado de final de obra diligenciado por la Delegación de Industria. La empresa suministradora debe tener este certificado para poder proceder al suministro de GLP.
Inspección oficial de las instalaciones
Las inspecciones oficiales son cuatrienales. Las realizan las entidades colaboradoras, la misma administración, o la empresa suministradora de GLP si así lo autoriza el Órgano Territorial Competente. Cada inspección da lugar a un Certificado de Inspección, que debe ser presentado a la Compañía suministradora para que ésta pueda proceder al suministro de GLP.
Ayuntamiento
Tramitación del expediente de actividades/instalaciones clasificadas: Documentación a presentar en función de cada Ayuntamiento. El expediente de actividades clasificadas hace referencia a la actividad y a sus repercusiones respecto al entorno: repercusiones medioambientales, repercusiones respecto a la seguridad de cosas y/o personas, etc.
La licencia de actividad constituye la autorización de funcionamiento municipal de la instalación.